Procedimiento de compensación de la exención en el IBI de naturaleza rústica para el ejercicio 2023, prevista en el artículo 12 del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo
Se hace público el procedimiento de compensación de la exención en el IBI de naturaleza rústica para el ejercicio 2023, prevista en el artículo 12 del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo para aquellos titulares que cumplen con los requisitos establecidos.
Requisitos:
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Exención rogada. Debe haber solicitud expresa por parte del interesado.
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Los inmuebles de naturaleza rústica, de cuyas cuotas del IBI se solicite la exención, deben estar afectos al desarrollo de explotaciones agrícolas o ganaderas. Se acreditará con:
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Título de propiedad.
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Recibo de IBI rústica 2023
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Los titulares catastrales de tales inmuebles, en concepto de propietarios, deben ser también los titulares de las explotaciones agrícolas o ganaderas. Se acreditará con:
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PAC ejercicios 2023, 2022, 2021, 2020.
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Referencias catastrales de las fincas incluidas en la explotación y afectadas por la reducción del rendimiento neto.
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Los titulares de tales explotaciones deben haber sufrido en el ejercicio 2023 una reducción del rendimiento neto de las mismas de, al menos, un 20 por ciento con respecto a la media de los años 2020, 2021 y 2022. El porcentaje anterior será de un 30 por ciento, si las explotaciones no se encuentran en zonas con limitaciones naturales o específicas del artículo 31 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. Se acreditará con:
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Declaración de IRPF o Sociedades de ejercicios 2023, 2022, 2021 y 2020.
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Resolución de la exención por el Ayuntamiento de Erriberagoitia/Ribera Alta (no antes de 1 de septiembre de 2024)
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El Ayuntamiento de Ribera Alta resolverá las exenciones cuando se presente la documentación completa referida en el modelo de solicitud
El modelo de instancia se podrá recoger en la Casa Consistorial y también estará disponible en la página web del Ayuntamiento para su descarga.
Deberá ser presentada mediante registro en las Oficinas Municipales o mediante sede electrónica.