Se recuerda a la población del municipio que de acuerdo con lo establecido en la ordenanza municipal reguladora de la protección, bienestar y tenencia responsable de los animales de compañía, en vigor en este Ayuntamiento y según el Capítulo l-Art. 4, todas las personas titulares o responsables de los animales de compañía deberán:
- Mantener a los animales de compañía, en espacios públicos, siempre controlados y sujetos mediante elementos de sujeción adecuados a su especie, raza, tamaño y otras características del animal de compañía. No podrán estar o deambular por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de una persona responsable de su cuidado y comportamiento.
- En el caso de los animales de compañía de la especie canina, en las vías y espacios públicos urbanos, se mantendrán sujetos por una correa adecuada a las características del perro y con una longitud máxima de dos metros, excepto en las zonas de esparcimiento referidas en el artículo 8 de esta ordenanza.
También se recuerda lo establecido en el Título IX, relativo a disposiciones
